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lunes, junio 1, 2026
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Reglamentaron el Fondo de Asistencia Laboral: el nuevo sistema para financiar indemnizaciones por despidos

El esquema oficializado por el Poder Ejecutivo busca mitigar el impacto de los pasivos contingentes en las empresas mediante un modelo de capitalización y aportes mensuales.

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El Poder Ejecutivo Nacional oficializó la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una de las herramientas centrales contempladas en la Ley de Modernización Laboral para reestructurar el pago de indemnizaciones. A través de este nuevo marco normativo, las empresas contarán con un mecanismo financiero diseñado para solventar los costos asociados a las desvinculaciones por antigüedad sin alterar las bases de la Ley de Contrato de Trabajo. El sistema introduce la opción de constituir fondos o fideicomisos específicos mediante convenios colectivos, ofreciendo una alternativa al régimen de pago único tradicional.

Entre las especificaciones técnicas más importantes, la reglamentación estipula que el costo de este sistema privado estará plenamente a cargo del empleador, fijando un tope máximo para el aporte mensual que no podrá exceder el 8% de la remuneración computable del trabajador. Estos fondos acumulados tendrán un carácter inembargable y funcionarán bajo un esquema de capitalización que generará rendimientos financieros. De este modo, al producirse un despido o una desvinculación por mutuo acuerdo, los fondos líquidos estarán disponibles de forma inmediata para cubrir la compensación patrimonial correspondiente.

La implementación definitiva del FAL apunta a dotar de previsibilidad económica al sector privado, mitigando de forma directa la conflictividad judicial y el impacto de los juicios laborales que suelen afectar la sostenibilidad de las pequeñas y medianas empresas (PyMEs). El esquema, supervisado de cerca por la Superintendencia de Seguros de la Nación y las autoridades del mercado de capitales, operará de manera complementaria con los sistemas de cese sectoriales y convivirá de forma optativa con el régimen general de contrataciones vigente.

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