La medida fue adoptada mediante las firmas de los magistrados Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, y tendrá vigencia hasta tanto el juez competente se expida sobre la legitimación de las partes involucradas y evalúe la solicitud de una medida cautelar definitiva.
Para fundamentar la decisión, el máximo tribunal indicó que la demanda se encuentra vinculada con la «tutela del daño ambiental», lo que tornó imperioso dictar una «medida interina» con el propósito de garantizar una tutela judicial efectiva y prevenir perjuicios de carácter irreparable.
Asimismo, la Corte advirtió que el trámite procesal otorgado al expediente por los tribunales previos había postergado la resolución de los planteos iniciales, remarcando la relevancia de proteger tanto el derecho a una respuesta judicial oportuna como la preservación del medio ambiente.





