Este sábado entró en vigencia en todo el país el nuevo Régimen Penal Juvenil a través de la Ley 27.801, que establece la reducción de la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años. El nuevo marco normativo deroga la legislación vigente desde 1980 y fija un tope máximo de 15 años de prisión para los delitos más graves, al tiempo que prohíbe de forma explícita la aplicación de penas de prisión perpetua para menores de edad.
La reforma implementa un abanico de sanciones escalonadas que contempla la prestación de servicios comunitarios, el uso de tobilleras electrónicas, órdenes de restricción y la supervisión de tutores especializados. De manera complementaria, la ley determina la responsabilidad civil de los padres o representantes legales, quienes deberán responder económicamente por las pérdidas o daños materiales derivados de los delitos cometidos por los adolescentes.
En cuanto a las condiciones de detención, el texto legal prohíbe taxativamente que los menores de edad sean alojados en comisarías o penales para adultos. Los procesados deberán cumplir sus medidas cautelares o condenas en centros especializados de responsabilidad penal juvenil o bajo la modalidad de arresto domiciliario. Con la puesta en marcha de la norma, la justicia federal y los fueros provinciales iniciaron la adecuación de tribunales e infraestructura operativa para la atención de la nueva franja etaria.





