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jueves, septiembre 10, 2026
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Argentina autoriza préstamos en dólares a empresas que facturan en pesos

Con el fin de reactivar la economía y volcar liquidez ociosa al crédito privado, Economía modificó la normativa vigente desde 2002 para que las PyMEs y grandes empresas que facturan en pesos puedan financiarse en moneda extranjera.

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El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció una flexibilización parcial en el régimen de préstamos en dólares que amplía el universo de empresas beneficiarias dentro del sistema financiero argentino. La medida, oficializada mediante la modificación del artículo 23 del Decreto 905/02, elimina la restricción histórica que limitaba estos créditos exclusivamente a compañías generadoras de divisas o vinculadas al comercio exterior. De este modo, firmas orientadas al mercado interno —como las pertenecientes al sector automotriz y la construcción— podrán acceder a financiamiento en moneda dura para reactivar la producción.

Según las estimaciones oficiales del Palacio de Hacienda, la normativa permitirá volcar al mercado de crédito privado un volumen adicional de hasta 5.800 millones de dólares que actualmente permanecían como liquidez ociosa en las entidades bancarias. El equipo económico destacó que los depósitos del sector privado en moneda extranjera se incrementaron notablemente desde el inicio de la gestión, pasando de 14.100 millones a más de 40.300 millones de dólares. En este contexto, el nivel de fondeo prestable alcanzaba el 61% de los depósitos, y la flexibilización busca habilitar la capacidad excedente para dinamizar la inversión productiva y empujar una baja en las tasas de interés.

Para prevenir eventuales descalces de moneda entre los tomadores de crédito que facturan en pesos y salvaguardar la estabilidad del sistema bancario, la regulación incorpora una serie de pautas prudenciales coordinadas con el Banco Central (BCRA). Los bancos podrán destinar un tope máximo del 15% de sus depósitos en dólares a este nuevo segmento, circunscribiendo la medida de forma exclusiva a personas jurídicas y excluyendo expresamente a las personas humanas. Asimismo, se mantendrán intactas las exigencias de encajes normativos y los límites estrictos de exposición de la banca privada al sector público.

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